Qué son las horas extra
Son las horas que trabajas por encima de la jornada ordinaria que fija tu convenio o tu contrato. Las regula el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, que deja dos opciones, a elegir en el convenio o, si no dice nada, en el contrato:
- Pagarlas, en la cuantía que se fije, que nunca puede ser inferior al valor de la hora ordinaria.
- Compensarlas con descanso retribuido equivalente.
Si no hay ningún pacto, la ley dice que se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.
Cómo se calcula el valor de la hora extra
Primero se calcula lo que vale una hora ordinaria, dividiendo el salario anual entre las horas de trabajo al año. Después se aplica el recargo de tu convenio, si lo hay:
Hora extra = hora ordinaria × (1 + recargo / 100)
Importe = hora extra × número de horas extra
Salario de 30.000 € brutos al año y una jornada de 1.800 horas anuales: la hora ordinaria vale 16,67 €. Con un recargo del 25 %, la hora extra vale 20,83 € y 10 horas extra suman 208,33 € brutos. Sin recargo, cada hora extra valdría lo mismo que la ordinaria, 16,67 €, que es el mínimo legal.
Las horas anuales de jornada las fija tu convenio. Si solo conoces tu jornada semanal, multiplícala por las semanas que trabajas de verdad al año, descontando vacaciones y festivos.
El límite de 80 horas extra al año
El artículo 35.2 del Estatuto fija un máximo de 80 horas extra al año. Hay tres matices:
- Jornada parcial o contratos más cortos: el máximo se reduce en la misma proporción que tu jornada respecto a la jornada general de la empresa. Si trabajas 900 horas al año en una empresa donde la jornada completa es de 1.800, tu máximo es de 40 horas extra.
- Horas compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes: no cuentan para el límite.
- Fuerza mayor: las horas trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes no cuentan para el máximo, aunque se pagan igual.
La calculadora te avisa si las horas que escribes superan el máximo para tu jornada.
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu salario bruto anual, con las pagas extra.
- Escribe tus horas de trabajo al año según el convenio o el contrato.
- Indica las horas extra que quieres calcular.
- Escribe el recargo de tu convenio. Si no fija ninguno, pon 0 %.
- Si trabajas a tiempo parcial, escribe la jornada anual completa de la empresa para ajustar el límite.
Cotización e IRPF
Las horas extra son salario. Llevan retención de IRPF como el resto de la nómina y una cotización adicional a la Seguridad Social: en 2026, el trabajador paga un 4,70 % y la empresa un 23,60 %; si son por fuerza mayor, un 2,00 % y un 12,00 %. Por eso lo que cobras en neto es menos que el importe bruto que muestra la calculadora.
Qué tener en cuenta
- Tu convenio manda: puede fijar un precio por hora extra concreto, distinto según el grupo profesional, o distinguir entre horas diurnas, nocturnas y festivas.
- Registro de jornada: la empresa debe registrar tu jornada día a día, y las horas extra se totalizan en el periodo de pago de los salarios.
- Si no te las pagan: puedes reclamarlas; consulta con los representantes de los trabajadores, un sindicato o un abogado laboralista.
El resultado es orientativo y en bruto.