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Calculadora de horas de trabajo

Suma las horas que trabajas cada día de la semana, con sus pausas, y comprueba si tu jornada supera el máximo que fija el Estatuto de los Trabajadores.

Revisado el Por Angel Vicedo - Equipo de acalcularVer fórmula y fuentes

DíaEntradaSalidaPausa (min)Horas
Lunes8:00
Martes8:00
Miércoles8:00
Jueves8:00
Viernes8:00
Sábado—
Domingo—

Horas a la semana40:00
Media al mes173:20
Sobre 40 h semanales0:00

Jornada máxima legal: 40 horas semanales de promedio anual y 9 horas ordinarias al día, salvo que el convenio diga otra cosa.

Para qué sirve

Llevar la cuenta de las horas trabajadas sirve para comprobar el registro de jornada de la empresa, calcular horas extra, organizar un horario a turnos o saber si un contrato a tiempo parcial cumple las horas pactadas. La calculadora suma las horas de cada día de la semana, descuenta las pausas y calcula la media mensual.

Cómo se calculan las horas de trabajo

Fórmula
Horas del día = salida − entrada − pausa
Horas al mes = horas semanales × 52 / 12

Si la salida es anterior a la entrada, se entiende que el turno termina al día siguiente. Los minutos de pausa que escribas se restan porque no son tiempo de trabajo efectivo.

Ejemplo resuelto

De lunes a viernes, de 9:00 a 17:30 con media hora para comer: 8 horas al día, 40 horas a la semana y 173 horas y 20 minutos de media al mes (40 × 52 / 12). No hay exceso sobre la jornada máxima.

La jornada máxima según el Estatuto de los Trabajadores

El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores establece:

  • 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Es decir, una semana puede tener más horas si otras tienen menos, siempre que la media del año no pase de 40.
  • 9 horas ordinarias al día como máximo, salvo que el convenio colectivo o un acuerdo con los representantes establezca otra distribución.
  • 12 horas de descanso como mínimo entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.

La calculadora avisa si un día supera las 9 horas o si la semana pasa de 40 horas. Como el máximo legal es un promedio anual, superar las 40 horas en una semana concreta no siempre es ilegal: depende de cómo se distribuya la jornada a lo largo del año.

Cómo usar la calculadora

  1. Para cada día que trabajes, escribe la hora de entrada y de salida.
  2. Añade los minutos de pausa que no cuentan como trabajo, como la hora de comer.
  3. Deja en blanco los días que no trabajes.

Verás las horas de cada día, el total semanal, la media mensual y el exceso sobre 40 horas. Puedes compartir el horario con el botón «Compartir enlace».

Ejemplo con turno de noche

Si trabajas de 22:00 a 6:00 de lunes a viernes sin pausa, cada turno suma 8 horas aunque termine al día siguiente, y la semana suma 40 horas. La calculadora detecta que la salida es anterior a la entrada y lo calcula así automáticamente. Si tus turnos rotan, introduce cada semana por separado y compara las medias.

Horas extra

Las horas que superan la jornada ordinaria son horas extraordinarias. Se pagan con la cuantía que fije el convenio o el contrato, que no puede ser inferior al valor de la hora ordinaria, o se compensan con descanso. El Estatuto limita las horas extra a 80 al año, sin contar las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes.

El registro de jornada

Las empresas deben registrar a diario el horario de inicio y fin de la jornada de cada persona trabajadora y conservar ese registro durante cuatro años. Si tus cuentas no coinciden con el registro, puedes pedir una copia a la empresa o consultar con los representantes de los trabajadores.

Qué tener en cuenta

  • Tu convenio manda: muchos convenios fijan jornadas anuales inferiores a la legal o una distribución diferente.
  • Tiempo parcial: compara el resultado con las horas de tu contrato, no con las 40 horas.
  • Trabajo efectivo: los desplazamientos al centro de trabajo no suelen contar; las pausas retribuidas, según el convenio.

El resultado es orientativo y no sustituye al registro de jornada de la empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la jornada máxima legal en España?

El Estatuto de los Trabajadores fija un máximo de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, y no más de 9 horas ordinarias al día salvo que el convenio establezca otra distribución.

¿Las pausas cuentan como horas de trabajo?

Depende. La pausa para comer o el descanso no retribuido no cuentan; algunos convenios consideran trabajo efectivo el descanso de jornada continuada. En la calculadora, escribe solo los minutos que no cuentan como trabajo.

¿Cómo se calculan las horas al mes?

Se multiplican las horas semanales por 52 semanas y se dividen entre 12 meses. Con 40 horas semanales salen 173 horas y 20 minutos de media al mes.

¿Qué pasa con los turnos de noche?

Si la hora de salida es anterior a la de entrada, la calculadora entiende que el turno termina al día siguiente. De 22:00 a 6:00 son 8 horas.

Fuentes

Resultado orientativo. Comprueba los datos antes de tomar decisiones importantes.

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